El abogado laborista Clemente Vidal Oliver se expresó sobre la legalidad del convenio colectivo de trabajo que había sido acordado la semana pasada entre el Ejecutivo Provincial y los gremios estatales, y que ahora debe ser homologado por el ministerio de Trabajo: “La pregunta es si se puede derogar con un CCT el plazo de estabilidad que da una Ley. En la medida que la norma convencional no se ajusta a la Ley de Convenciones Colectivas, es de dudosa legalidad”, lapidó al respecto de la norma que supuestamente dejaría que los trabajadores entrasen a planta a los tres meses de contrato efectivo.
Según el Artículo 7 de la Ley de Convenciones Colectivas, deberán ajustarse a las normas legales que rigen las instituciones del derecho del trabajo, a menos que las cláusulas de la convención relacionadas con cada una de esas instituciones resultarán más favorables a los trabajadores y siempre que no afectaran disposiciones dictadas en protección del interés general.
En este marco, Vidal Oliver consideró que este caso “se trata de condiciones más favorables para los trabajadores que las establecidas por la Ley, pero también estamos hablando del sector público y hay que analizar el impacto en la estructura estatal”.
Luego de homologado, el CCT se puede cuestionar judicialmente siempre que haya un interés legítimo, “todo el régimen de negociación colectiva es muy dinámico, porque es un hecho social. Cambia la sociedad y cambia el derecho del trabajo”, detalló el letrado.