De ahora en más, las medidas antidumping podrán tener una duración máxima de tres años, con una única posibilidad de extensión de dos años más. Hasta ahora, se podrían renovar en forma ilimitada
El ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, anticipó a través de su cuenta de X, que este jueves saldrá publicada en el Boletín Oficial una normativa clave para facilitar las importaciones baratas. En concreto, se trata de una modificación del sistema antidumping, que apunta a limitar el alcance de las medidas que se puedan tomar en el futuro.
“Los derechos antidumping son instrumentos que se utilizan cuando el precio de un producto importado se vende por debajo del valor de mercado del país de origen, generando una competencia desleal con los productos locales. En Argentina, estas medidas funcionan en muchos casos como un derecho adquirido, lo que evita la competencia y encarece productos para los consumidores e insumos para la industria”, agregó.

“En el caso de las bombas de agua, los derechos antidumping, que son los porcentajes que deben pagar quienes importan bienes con medidas aplicadas, son del 246% sobre el valor total de la importación; las multiprocesadoras deben abonar un 203% y los ventiladores un 164%”, sumó Caputo.
Los trámites también se simplifican: en lugar de presentar la documentación en dos dependencias distintas, ahora se gestionará todo en la Comisión Nacional de Comercio Exterior.
En la misma línea, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y la Subsecretaría de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía participarán en los análisis de casos para garantizar que las decisiones consideren tanto el interés público como el de los consumidores.
“Con esta reforma, se fomenta la competencia, se restituye la función original de los derechos antidumping y se busca un comercio exterior más transparente y equilibrado”, cerró el ministro de Economía.
El antidumping argentino
Existe dumping cuando un producto se exporta a un precio inferior al que se vende en el mercado interno del país de origen. Pero la sola existencia de dumping no es suficiente para poder aplicar medidas, sino que se requiere que se determine la existencia de un daño a la producción nacional y que ese daño sea causado por las importaciones objeto de ese precio indebido. Hay tres tipos de derechos aplicables:
- Derechos Ad Valorem: se cobra un derecho calculado como un porcentaje sobre el valor del bien importado.
- Derechos específicos: se cobra un derecho por una cantidad fija de dólares por unidad del bien importado.
- FOB Mínimos: se establece un valor mínimo por unidad de producto al que deben ingresar las importaciones al mercado argentino.
De acuerdo con fuentes que conocen el mecanismo, en la Argentina se usan los tres tipos de medidas. Y a partir de los cambios, ello seguirá igual. Lo que cambiará será la magnitud de las medidas (menores derechos, por ejemplo) y la extensión de las mismas. Para buscar la renovación, los sectores involucrados deberán volver a probar que sigue habiendo daño.