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El proyecto de Ficha Limpia del Gobierno le impediría a Cristina Kirchner ser candidata

La iniciativa en la que están trabajando las autoridades nacionales, de aprobarse, le impedirá postularse a los dirigentes con condenas ratificadas en doble instancia, siempre que las mismas no hayan sido durante un año electoral. Por esta razón, aplicará para las sentencias previas al 2025, según anticiparon fuentes oficiales a Infobae

El proyecto del Gobierno de Ficha Limpia, que busca impedir a los políticos con condena ratificada en doble instancia ser candidatos, no excluirá a la ex presidenta Cristina Kirchner, según pudo confirmar Infobae de fuentes oficiales. Se trata de una de las definiciones clave que tiene la iniciativa que fue incluida en las sesiones extraordinarias convocadas por Javier Milei para el próximo lunes.

El texto, que se basa en la propuesta original presentada por la diputada del PRO Silvia Lospennato, plantea que solamente no se tengan en cuenta las condenas contra políticos cuando estas hayan sido dictadas durante un año electoral.

De aprobarse, la medida comenzaríaDe aprobarse, la medida comenzaría a aplicarse ya en estos comicios (REUTERS/Agustin Marcarian)

En noviembre del 2024, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de la ex presidenta a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en el caso de la obra pública concedida al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz, conocida como la causa “Vialidad”.

Este viernes, el equipo a cargo de la elaboración del nuevo proyecto tiene previsto realizar una última reunión en la que se terminarán de definir los detalles de la iniciativa, antes de que el Poder Ejecutivo la envíe formalmente al Congreso.

Además de Lospennato, en este grupo se encuentran el ministro de Defensa, Luis Petri, y el abogado Alejandro Fargosi, cercano a Patricia Bullrich, con la colaboración de Gastón Marra, ideólogo original de la reforma.

El propio Milei fue quien le encargó al funcionario nacional la redacción del proyecto modificado y durante el verano lo convocó en algunas oportunidades a la Quinta de Olivos para interiorizarse sobre el avance de este trabajo.

Milei con Petri, durante unaMilei con Petri, durante una de las revisiones de Ficha Limpia

Fue el jefe de Estado quien se comunicó personalmente con la diputada del PRO luego de que fracasara la sesión en la que se iba a votar la iniciativa, para prometerle que su administración se encargaría de impulsar una medida similar, pero que no sea interpretada como una intromisión de la Justicia en los comicios.

En este sentido, durante una entrevista radial, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, explicó semanas atrás que el Gobierno está “de acuerdo” con la idea central, pero que trata de evitar “que se pueda tomar como una especie de proscripción, que es el riesgo que se tiene”.

El texto de Lospennato incorporaba el inciso h) al artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Ley 23.298), que impedía ser candidatos a cargos públicos electivos a “aquellas personas condenadas por delitos de corrupción, aun antes de que sea ejecutoriada, y siempre que la sentencia provenga de un tribunal de segunda instancia”.

Los delitos que se mencionan son cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales (es decir, la exigencia de impuestos fuera de la norma), enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y encubrimiento.

Además, se incluían los ilícitos que sean incorporados al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en virtud del cumplimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción.

A pesar de que Fargosi y algunos miembros del oficialismo insistieron con la necesidad de incluir otro tipo de delitos dentro de la reforma, como abusos sexuales, no hubo consenso con la oposición, por lo que se decidió descartar esa posibilidad.

Así, el nuevo proyecto seguiría impidiendo que los dirigentes se presenten como candidatos cuando tengan una sentencia por corrupción en segunda instancia, con la excepción de aquellos supuestos en los que el tribunal se expida durante un año electoral.

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